Abogados penalistas en Madrid,
Abogado penalista para juicios, recursos, demandas y denunciasArchivo para juicio de faltas por insultos
Juicio de faltas por insultos
Juicio de faltas por insultos

injurias y calumnias
El juicio de faltas por insultos en realidad no podría denominarse de tal manera, siendo sólo su uso correcto en un ámbito coloquial fuera del mundo del Derecho y juzgados, nos explicamos; a lo que vulgarmente conocemos como insultos para el código penal son o injurias o calumnias, o las dos cosas, también se pueden dar, encontrándonos pues ante delitos de los comprendidos como ” contra el honor”. Dejaremos de momento una calificación que podría recibir el insulto en determinadas circunstancias que se denomina: “vejaciones injustas”, pues bien, como decíamos lo que nos ocupa son los conocidos como contra el honor, y en su tramitación se exigen unas especificaciones propias que los asemejan al ámbito laboral o contencioso administrativo, como es la obligatoriedad de que para poder presentar querella por injurias o calumnias se hace necesario el realizar un intento previo de conciliación a través del juzgado (más abajo mostramos un ejemplo de modelo que se debe prestebtar para la conciliación previa) y solo cuando se cumple dicho trámite y por supuesto, no ha tenido éxito. Se puede proceder a la presentación la querella, quedando pues para en enjuiciamiento como faltas solo las ya mencionadas vejaciones injustas, que por todo la apuntado serán de escasa entidad.
En este tipo de juicios la única prueba que suele haber es la declaración de las partes y como mucho la testifical, que suele estar muy relativizada al tratarse casi siempre los testigos de amigos o cuando menos conocidos de una de las partes. Si el insulto se produjera a través de cualquier tipo de difusión nos encontraríamos en un delito. Si tiene alguna duda sobre éste tema, puede ponerse en contacto con nosotros y estaremos encantados en ayudarle.
AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE LOS DE ZARAGOZAQUE POR TURNO DE REPARTO CORRESPONDA
Dña PROCURADORA , Procuradora de los Tribunales, en nombre de D. ÁNGEL ESCÁMEZ, cuya representación procesal se formalizará mediante comparecencia «apud-acta», una vez sea conocido el Juzgado al que por turno de reparto le haya correspondido la presente Querella, ante el Juzgado comparezco y, como mejor proceda en Derecho,
D I G O:
Que, por medio del presente escrito, formulo DEMANDA DE CONCILIACIÓN contra D. FALTÓN INSULTANTE, mayor de edad , y con domicilio en JACA, Avenida de Juan Pablo I nº 2 piso 1 letra “A”, al objeto de que se avenga a conocer los siguientes hechos:
HECHOS
PRIMERO.- Que desde el mes de octubre del 2011 MI REPRESENTADO ha venido propagando entre los propietarios de la finca sita en en JACA, Avenida de Juan Pablo I nº 2 piso 1 letra “A, que mi representado “es más feo que un demonio”.
SEGUNDO.- Que dichas manifestaciones, configurativas de un atentado al honor de mi mandante, siendo constitutivas de los delitos de injurias y de calumnias, son totalmente falsas, por lo que, en éste acto se retractan de las mismas.
TERCERO.- Que mi mandante ya ha intentado la conciliación extrajudicial.
CUARTO.- Que dados los daños morales sufridos y los perjuicios causados a mi mandante en su honorabilidad, dadas las citadas manifestaciones injuriosas, se avengan a indemnizar a mi representado en la cantidad de doce mil euros (12.000 €) que se calculan por ahora y sin perjuicio de ulterior valoración.
Solicitando asimismo el pago de las costas del presente acto de conciliación que se fijan en la cantidad de quinientos ochenta euros (580 €).
En su virtud,
SUPLICO AL JUZGADO que teniendo por presentado éste escrito y sus copias, se sirva admitir todo ello, tener por formulada, en nombre de D. mi mandante, demanda de conciliación contra D. FALTÓN INSULTANTE y con citación de las partes, señalar día y hora para que tenga lugar la preceptiva comparecencia, con las oportunas advertencias legales.
PRIMER OTROSI DIGO: Que formulándose la presente papeleta de conciliación a los fines previstos en el articulo 804 de la LECRIM, interesa a ésta parte se le expida en su día, por el Secretario, testimonio del Acta de Conciliación para adjuntarlo a la correspondiente querella.-
SUPLICO AL JUZGADO, tenga por realizada la anterior manifestación a los efectos que procedan en Derecho.
SEGUNDO OTROSI DIGO: Que tomando en consideración el plazo legalmente establecido para el ejercicio de la acción penal, por injurias o calumnias, mediante el presente Acto de Conciliación se interrumpe la prescripción, a tenor de lo establecido en el artículo 1973 del Código Civil.-
SUPLICO AL JUZGADO tenga por hecha la anterior manifestación a los efectos procedentes en Derecho.
Por ser Justicia que pido en Zaragoza a 1 de julio de 2010