Desahucios

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Desahucios

A través del desahucio lo que el arrendador  busca es la expulsión del arrendatario deldeshucios, desahucio, desaucio, desaucios inmueble arrendado  y lo deje libre y  a disposición del arrendador, en un acto que se denomina en términos procesales el lanzamiento.

El desahucio es una acción especial con motivo del incumplimiento a favor del arrendador con respecto a los alquileres de pisos y locales (arrendamientos urbanos)Contactar con abogados, abogado, abogados en Madrid
Ante el incumplimiento del pago lo que se busca es que el arrendador vuelva a tomar posesión de la finca alquilada, esto es que los arrendatarios abandonen el lugar.
Las causas por las que se puede iniciar el embargo vienen determinadas por el art 1569 del Cofigo Civil y son las siguientes:
.- Haber expirado el termino convencional o el que se fija para la duración de los arrendamientos urbanos en los art. 1577 y 1581
.- Falta de pago del precio.

.- Infracción de las condiciones estipuladas en el contrato

.- Destinar el inmueble alquilado a uso distinto   y no pactado que lo haga desmerecer, o contravenir a lo que ordena el art. 1555.2 del Código Civil

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2 comentarios

  Enervación « ABOGADOS escribió @

[...] la acción de desahucio significa que si el deudor paga antes de la vista, la acción de desahucio finaliza. Pero la [...]

  Desahucios « ABOGADOS escribió @

[...] acción de desahucio y el correspondiente juicio de desahucio, lo que resuelve es el contrato de alquiler y lo que [...]


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