Extorsión

El Capítulo tercero del título XIII, consta de un sólo artículo el 243 que establece el delito de extorsión.

Jurídicamente la extorsión consiste en obligar a una persona, a través del uso de violencia o intimidación, a realizar un acto o negocio jurídico, con ánimo de lucro y con la intención de causar un perjuicio patrimonial del sujeto pasivo o de una tercera persona.

Es un delito que guarda relacción con:

- El robo: por que es necesario la violencia o intimidación.

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- Con las amenazas condicionales: el sujeto activo

coacciona al sujeto pasivo para que relice determinada acción.

- Con la estafa: pues es necesario que se de un acto o negocio jurídico por parte del sujeto pasivo.

Se consuma, no cuando el negocio jurídico tenga efectos, si no cuando éste se realice.

 

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